Tus derechos
Etiquetado de bebidas vegetales

Efectivamente, una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que los productos que son puramente vegetales no se pueden comercializar con denominaciones como las de «leche», «nata», «mantequilla», «queso» o «yogur», porque están reservadas por el Derecho de la Unión Europea para los productos de origen animal. Y no podrán usarse esas denominaciones, aunque se completen con menciones explicativas o descriptivas del origen vegetal del producto. Sin embargo, hay determinadas excepciones, que derivan de que haya productos cuya naturaleza exacta se conozca claramente por su utilización tradicional, o cuando las denominaciones se usen para describir una cualidad característica del producto. Así, en España se mantendrá la denominación «leche de almendra» y en otros países (como Francia, Reino Unido o Portugal) la de «leche de coco», entre otros alimentos.