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Coronavirus y estado de alerta: todo lo que necesitas saber

La madrileña plaza Callao absolutamente vacía tras decretarse el estado de alarma.

La madrileña plaza Callao absolutamente vacía tras decretarse el estado de alarma.

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Tras el anuncio de Pedro Sánchez de declarar el estado de alarma a causa del coronavirus, surgen muchísimas preguntas sobre lo que se puede y no puede hacer. Damos respuesta a ellas según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE): 

 

¿Dónde afecta este estado de alarma?

 

A todo el territorio nacional.

 

 

¿Cuánto tiempo va a durar?

 

Quince días naturales desde su declaración.

 

 

¿Se puede circular por la vía pública?

 

Solamente para la realización de las siguientes actividades:

 

-Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

-Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

-Retorno al lugar de residencia habitual.

-Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

 

 

¿Qué ocurre con el ámbito educativo y de formación?

 

Se suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles en enseñanza, incluida la enseñanza universitaria. Así como otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.

 

Se mantienen las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y “on line”, siempre que resulte posible.

 

 

¿Qué sucede con las actividades comerciales?

 

Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los de alimentación, bebidas y productos de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, tintorerías o lavanderías.

 

Además, se suspende:

 

-La apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos y locales u establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio.

 

-Las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio.

 

-Verbenas, desfiles y fiestas populares.

 

 

¿Cuáles son las medidas en cuanto a transportes?

 

Los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo de competencia estatal reducirán su oferta total de operaciones en un 50%.

 

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