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Rocío Carrasco pierde su última batalla judicial contra Olga Moreno

El juez ha decidido fallar a favor de la segunda mujer de Antonio David

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Rocío Carrasco y Olga Moreno llevan muchos años enfrentadas.

Saray Cruz

Rocío Carrasco y Olga Moreno se veían de nuevo las caras hace unos días en los juzgados. El motivo es la demanda que la hija de Rocío Jurado interpuso contra la exmujer de Antonio David Flores por calumnias y derecho al honor por unas declaraciones que la sevillana hizo de forma pública sobre ella y su nula relación con sus hijos Rocío y David.

Un nuevo capítulo de la interminable batalla judicial que libran desde hace años y por el que la hija de la Jurado pedía a la ganadora de 'Supervivientes 2021' una indemnización de 90.000 euros en concepto de daños morales, más las costas del procedimiento. Además, exigía que Olga no se volviese a manifestar sobre ella.

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Rocío Carrasco demandó a Olga Moreno después de que esta saliera de Supervivientes.

Ahora, el Tribunal Supremo ha desestimado la demanda interpuesta de Carrasco concluyendo con que la ex de Antonio David no vulneró con sus declaraciones ni el derecho al honor ni a la intimidad personal y familiar de Rocío, como ésta reclamaba, según ha podido saber Europa Press.

En su fallo, la Sala Civil del Supremo afirma: "Fallo. Que desestimo la demanda presentada por Dña. Rocío Carrasco Mohedano contra Dña. Olga Moreno Obrero y debo absolver y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos formulados en su contra y todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandante".

"Prevalece la libertad de expresión"

El juez apunta que en este caso "prevalece la libertad de expresión/ información, máxime si se trata de personajes con proyección pública", y da un tirón de orejas a la mujer de Fidel Albiac al destacar que ella misma ha realizado entrevistas para revistas del corazón y "ha puesto en riesgo la intimidad que tan celosamente defiende exponiéndola en sucesivas entrevistas". Además, destaca que al "haber participado en programas de crónica de sociedad su vida y opiniones deben calificarse de interés general".

Rocío Carrasco, en el último programa de 'En el nombre de Rocío'.

Rocío Carrasco, en el último programa de 'En el nombre de Rocío'.

"Cualquiera que sea la opinión que merezca este género televisivo, quien voluntariamente se presta a participar en él, en el caso de la demandante, generando polémica para así lograr su aparición en programas sucesivos gracias a pautas de comportamiento extravagantes o escandalosas, no puede pretender que se proteja su honor frente a expresiones objetivamente", indica la sentencia.

Sin duda, se trata de un duro varapalo para Rocío Carrasco, que anteriormente había recurrido esta sentencia desfavorable a la Audiencia Provincial, cuando tampoco le dio la razón, por lo que que tendrá que pagar las costas del procedimiento.

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